domingo, agosto 06, 2006

Relación Comercial!!

Sujetos (Comerciantes)

Objeto (La Actividad Comercial)

Causa (Finalidad de lucro)

TEMA II: Los Actos de Comercio

Definición. Según el autor Alejandro Tinoco: 1º Son aquellos actos que tienen carácter mercantil por si propia índole e independientemente de la persona que los realice. Ejemplo: si yo emito una letra de cambio aunque no sea comerciante, estoy realizando un acto objetivo de comercio. 2º Estos actos están enumerados por el legislador en una larga lista. (Artículo 2º del Código de Comercio y sus 23 numerales) 3º los tratadistas han querido buscar un criterio unificador para comprender la enumeración, esto es: han pretendido penetrar en el criterio que guió al legislador. Según Alfredo Rocco: Es todo aquel en que se ejecuta un cambio indirecto, o todo acto de interpretación en el cambio, sea cual sea el objeto y forma de ese cambio. Se observan cuatro categorías de actos intrínsecamente comerciales, compra para revender y reventa sucesiva, operaciones de banca, empresa y seguros. La clasificación de los Actos de Comercio según Ely Saúl Barboza: § Actos de comercio en sentido absoluto: aquellos cuya naturaleza comercial esta implícita al acto mismo. § Actos de Comercio en sentido relativo: *Atendiendo a la intención de las partes. *Atendiendo al sujeto que le coloca el carácter comercial (puede ser o no un comerciante). Principios que permiten calificar si un acto es o no de comercio: a.- La interposición* en el cambio de bienes o servicios. b.- La producción de bienes o servicios. c.-La circulación de bienes como consecuencia de los dos ya mencionados. d.- La especulación . *La interposición:
Productor -------> Mediador --------> Vendedor
l------------> GANANCIA <------------- l

TEMA I: El Derecho Mercantil.

Definición de Derecho Mercantil: Según el Dr. Alejandro Tinoco, existen muchas definiciones del derecho mercantil, dados de dos puntos de vista: Unas de refieren al comercio en general. Conjunto de normas que regulan la materia comercial. (Rocco Alfredo) Conjunto de principios, preceptos y reglas que determinan y regulan las relaciones que el comercio engendra. (Blanco Constans) Otras se refieren al comerciante: La parte del Derecho Privado que concierne especialmente a las cuestiones jurídicas del comerciante. (Cosack C.) Parte del derecho privado que regula las operaciones jurídicas hechas por los comerciantes ya sea entre ellos, ya sea con sus clientes. (Ripert Georges). Estos dos puntos de vistas desde los cuales se define el Derecho Mercantil según el Dr. Tinoco, son estudiados por tres teorías, la teoría Subjetiva, la Objetiva y la Mixta. La teoría o sistema subjetivo, parte de la idea de que el Derecho Mercantil es el derecho de los comerciantes, por cuanto fueron ellos quienes elaboraron sus propios instrumentos para regular su actividad profesional. Como todas las teorías esta también tiene ciertos aspectos en contra, entre los cuales se puede mencionar que “el derecho comercial no puede considerarse solamente como el derecho de los comerciantes, porque para adquirir esta condición se requiere al mismo tiempo el ejercicio del acto que califica tal profesión, o sea, el acto de comercio”. (Ely Saúl Barboza). El sistema objetivo parte del supuesto de que el derecho comercial es el derecho de los actos de comercio, por cuanto es la ley la que califica cuáles actividades son comerciales, independientemente de las personas que la ejecutan. Al igual que la teoría subjetiva, a esta teoría se le hacen algunas observaciones. Por ejemplo, “si se considera el derecho mercantil como el derecho de los actos de comercio, tenemos que comenzar por precisar cuáles son esos actos. Y esta apreciación es un tanto difícil en la medida en que el comercio evoluciona, ya que cada vez aparecen más actos que deben tener características de comerciales...” (Ely Saúl Barboza) El sistema mixto se basa en la combinación de las nociones de comerciante y de acto de comercio. Tiene en cuenta la participación del comerciante en el ejercicio del comercio, pero admite al mismo tiempo, que ciertos actos son comerciales aunque sean realizados por no comerciantes. Este sistema es el que adopta nuestro vigente Código de Comercio, con prioridad des sistema objetivo. Características del Derecho Mercantil: según Barboza § La Universalidad: el derecho mercantil tiene como característica la de ser universal, por cuanto el trafico comercial es un fenómeno universal. § El Carácter Consuetudinario: se refiere a las costumbres de los mercaderes, que recogidas en los estatutos fueron progresivamente formando un cuerpo de leyes. § La Equidad: se basa en el principio de la competencia leal y honesta, por cuanto la buena fe es considerada como un elemento decisivo en las actividades comerciales. § La Celeridad: las operaciones comerciales generalmente están desprovistas del formulismo y de la parsimonia que caracteriza a las civiles, por ello la rapidez está implícita en su naturaleza. § La seguridad: se refiere a la seguridad jurídica que da el conjunto de normas que crea el derecho mercantil. § El Crédito: es la solvencia moral y económica, la confianza para la vida de los negocios y del comerciante que no puede subsistir sin este aspecto.
Fuentes del Derecho Mercantil:
Según el Dr. Alejandro Tinoco: 1º El Código de Comercio 2º Las Leyes Mercantiles (otros instrumentos legislativos) 3º Las Costumbres Mercantiles (uniforme, ejecutados regularmente, reiterados en el tiempo) 4º Costumbres “Contractuales” o “Interpretativas” 5º La Analogía “donde existe la misma razón legal, debe existir la misma disposición legal” 6º El Código Civil.
Según Ely Saúl Barboza: 1º La Ley (Co. de Co. ; Ley de mercado de capitales) 2º La Costumbre Mercantil 3º La Jurisprudencia. 4º Principios generales del derecho 5º El Derecho Civil
Relaciones del derecho Mercantil con otras ciencias:
Ciencias no jurídicas a.- La economía política: circulación de la riqueza b.- La economía comercial: organización del comercio c.- La estadística: movimiento de la riqueza d.- La técnica bancaria: movimiento y operaciones de la empresa bancaria Ciencias jurídicas a.- El derecho Civil: sin identificarse con este derecho b.- El derecho Administrativo c.- El derecho del Trabajo: colaboradores y auxiliares del comerciante d.- El derecho Penal: pena para todo aquel que cometa un delito en el ejercicio e.- El derecho Agrario: distinguir la actividad agrícola de la comercial. (Ely Saul Barboza)