jueves, agosto 03, 2006

Los Contratos Mercantiles (Exposición)

El estudio de este tipo de contratos dentro de la asignatura Legislación Mercantil como base a las carreras de Administración de Empresas, Contaduría y Economía es de vital importancia, debido a que según esta obligación que se deriva del acuerdo entre personas es como se maneja la economía en todos los estados, que con algunas diferencias entre uno y otro es un lenguaje universal que conlleva a la aplicación de los conocimientos impartidos en estas carreras.
Para entender mejor el Concepto de Contratos Mercantiles es necesario tener claros ciertos conocimientos bases, entre estos conceptos iniciales tenemos:
Obligaciones Jurídicas.
Según el autor Eloy Maduro Luyando (1999), podemos definir la obligación como un vinculo jurídico en virtud del cual una persona - el deudor- queda sujeta hacia otra persona – el acreedor- a realizar una prestación, positiva o negativa, respondiendo con su patrimonio del cumplimiento de dicha prestación.
Clases de obligaciones jurídicas.
Existen distintos tipos de obligaciones jurídicas que han sido clasificadas desde diversos puntos de vista a saber; se pueden mencionar:
1) Según el contenido de la prestación, también denominado en doctrina según su objeto, tenemos: a) obligación de dar. b) obligación de hacer. c) obligación de no hacer. 2) Según el fin perseguido por la prestación: a) obligación de resultado. b) obligación de medio. 3) Según el carácter coactivo de la obligación: a) obligación jurídica. b) obligación natural. 4) Según estén o no sometidas a modalidades. a) obligaciones puras y simples. b) obligaciones a término. c) obligaciones condicionales, entre otras...
El concepto de Contrato como tal también es de gran importancia para entrar en materia, y según el Artículo 1133 de nuestro Código Civil, es una convección entre dos o más personas para constituir, reglar, transmitir o modificar entre ellas un vínculo jurídico.
Hay ciertos aspectos que surgen del nacimiento del contrato que pueden ser causa de la nulidad del mismo, estos son llamados Vicios del Consentimiento.
Los Vicios del Consentimiento son 3: el Error, el Dolo y la Violencia, que sin profundizar en dichos aspectos se pueden definir como errores espontáneos (error), provocados (dolo), y el hecho de aplicar violencia física o psicológica para celebrar el contrato, son causas para su nulidad.
También hay ciertos elementos necesarios para que el contrato produzca todos sus efectos jurídicos. La ausencia de uno de dichos elementos produce la invalidez del contrato, el cual, si bien existe, puede ser anulado; estos son los Elementos Esenciales a la Validez del Contrato. Como requisito de validez, puede citarse la capacidad y la ausencia de vicios del consentimiento, o sea, el consentimiento viciado (consentimiento afectado de error, dolo o violencia), puede pedir la nulidad del contrato celebrado.
Ya que se conocen estos conceptos base, ahora si se puede deinir el concepto de contratos mercantiles.
Contrato Mercantil.
Según el autor Melich Orsini (1993), un contrato mercantil es un acuerdo que tiene carácter comercial, el cual es celebrado entre dos o más personas, del cual se derivan uno o más derechos u obligaciones. Para que un contrato sea calificado de mercantil, debe versar sobre actos de comercio, definidos según la legislación aplicable.
Características de los Contratos Mercantiles:
  • Es un contrato regulado en el Derecho mercantil. Hay que tener en cuenta que un mismo contrato puede tener regulaciones diferentes según si se califica como civil o mercantil. Por ejemplo, las condiciones de una compraventa pueden ser diferentes.
  • Es un contrato privado en el que las partes deben ser particulares. En el momento en que en un contrato una parte sea un organismo público, el contrato será un contrato público y no mercantil.
  • No obstante un Ente público (un Ayuntamiento, una Comunidad Autónoma, el Estado), puede actuar como un particular, o sea, desprovisto de potestad y firmar un contrato mercantil con un particular. En tal caso el contrato se rige por las normas del Derecho mercantil (Derecho privado) y no por el Derecho público.

Tipos de Contratos Mercantiles: (Contratos de transporte, Contratos de Suministro, Contratos Cuenta Corriente)

Contratos de Transporte: El transporte es un contrato por medio del cual una de las partes se obliga para con la otra, a cambio de un precio, a conducir de un lugar a otro, por determinado medio y en plazo fijado, personas o cosas y a entregar éstas al destinatario. Se perfecciona por el acuerdo de las partes y se prueba conforme a las reglas legales. Como ejemplo tenemos: Las empresas de domicilios motorizadas.

Contrato de Suministro: Es el acuerdo establecido ante el patrono y un trabajador de suministrarle de acuerdo a la calidad de la obra o del trabajo los materiales requeridos o a la alimentación necesaria para la elaboración y construcción de la obra o el trabajo contratado. Ejemplo: - Entre un constructor y los trabajadores. El constructor coloca todo el material de la construcción, el contratado la mano de obra y el personal obrero. Ejemplo: - INCE: El Patrono suministra al obrero vivienda, electricidad, y gas, y el trabajador suministra la mano de obra . Contrato Cuenta Corriente: Los cuenta corrientes es un contrato o especie de negocio entre dos partes, donde una remite a otra, es decir una otorga en propiedades, dinero u otros valores al remitente del negocio entre las partes, en la cual el remitente gana mas dinero tener empleo fijo y realiza sus cobranzas a fechas determinadas ya sean por cuotas con la otra parte, sobre el monto total, debitando a la otra parte, y abonando al saldo total.

CUENTA CORRIENTE BANCARIA: Pueden ser de dos maneras:

  • A descubierto: Cunado el Banco hace adelantos de dinero Ejemplo Fideicomiso, Créditos, Plan Crecer del Banco Mercantil. Con Provisión: Cuando el cliente tiene el dinero de su propio fondo. Ejemplo cheques que uno haga, depósitos bancarios.
  • La cuenta corriente se cierra cuando lo exige el banco o el cliente con aviso previo de quince días y hace abonos de intereses semestrales de igual forma el Banco tiene el deber de mantener informado al cliente sobre los manejos de su cuenta.

Se anexan otros tipos de contratos Mercantiles:

Contratos de Seguro: Estos contratos tienen fines específicos como prevenir y disminuir las consecuencias dañosas de ciertos riesgos , o sea acontecimientos fortuitos que lesionan los bienes o ciertos derechos de las personalidades de los seres humanos.

La Agencia Comercial: Un comerciante asume en forma independiente y de manera estable el encargo de promover o explotar negocios en una determinada rama y zona fija del país como representante de una empresa , la cual se le denomina Agente, quien es un comerciante y debe cumplir las reglas comerciales. Como ejemplo tenemos: Las agencias de viajes, Las multinacionales, Empresas como Comcel y Bellsouth.

Corretaje: Se define como aquel que en virtud del cual una de las partes (corredor) se compromete a indicar a otra (comitente) las oportunidades de celebrar un negocio jurídico, o a servirle de intermediario de este negocio a cambio de una comisión.

Franquicias: Contrato en el cual el franquiciador le permite al franquiciado hacer el mercadeo de un producto o servicio bajo su nombre, contra el pago de un derecho de entradas para ambos. El franquiciado hace la inversión necesaria para el negocio bajo las reglas del franquiciador, asumiendo sus propios riesgos.

El comercio como fenómeno económico y social se ha presentado en todas las épocas y lugares, aún en los pueblos más antiguos pueden encontrarse normas aplicables al comercio en términos generales. es por ello que el estudio de todos los factores económicos es de gran importancia para el desarrollo de los países, ya que asi se puede encontrar el equilibrio entre los actores del comercio para que las ganancias sean equitativas y ayuden al fomento de un país...

Bibliografía: · AGUILAR GORRONDONA, José Luis.(1995). CONTRATOS Y GARANTIAS. Universidad Católica Andrés Bello. 10ª Edición. Caracas. · BARBOZA PARRA, Ely Saúl. (1998). DERECHO MERCANTIL. Manual Teórico Práctico. Quinta Edición. Caracas. · ERUDITO PRACTICO MERCANTIL. (2000). Legis Editores C.A. Primera Edición. Caracas. · MADURO LUYANDO, Eloy. (1999). CURSO DE OBLIGACIONES. Tomo I. Universidad Católica Andrés Bello.10ª Edición .Caracas. · MORALES HERNÁNDEZ, Alfredo. (1998). CURSO DE DERECHO MERCANTIL. Tomo II. Universidad Católica Andrés Bello. Caracas. · Manual de estilo de publicaciones de la American Psychological Association (adaptado para el español por Editorial el Manual Moderno) 2ª. Edición.

1 Comments:

Blogger Unknown said...

me ha servido de mucho para poder realizar un trabajo, gracias por compartir este gran Blog. felicitaciones

3:26 p. m.  

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