Sociedades Mercantiles!!
Concepto de Sociedad según el Dr. Alejandro Tinoco:
“Es un contrato (o sea una convección entre dos o más personas para constituir, reglar, modificar o extinguir un vínculo jurídico). Ese contrato es bilateral (hay entre los socios reciprocidad de obligaciones) y a título oneroso (luego debe existir un aporte).”
El Contrato de Sociedad es aquel por el cual dos o más personas convienen en contribuir cada uno con la propiedad, o el uso de las cosas, o con su propia industria a la realización de un fin económico en común.
Hay que marcar la diferencia entre una Sociedad y una Asociación; la sociedad tiene una finalidad económica y la
asociación no tiene finalidad económica.
- Hay distintos tipos de sociedades: *Sociedad Civil
- * Sociedad Mercantil
- *Sociedades sin Lucro
- * Sociedad Mercantil y comunidad
- * Las Asociaciones de mutuos
- *Las Sociedades Irregulares.
- Según el autor Alejandro Tinoco en su publicación ANOTACIONES DE DERECHO MERCANTIL, es importante señalar que “una sociedad anónima o una sociedad de responsabilidad limitada serán siempre de carácter mercantil, aunque su objeto social no sea la realización de uno o mas actos objetivos de comercio”. (Pág. 189).
La personalidad jurídica de las Sociedades, se basa en que las sociedad comerciales constituyen personas jurídicas diferentes a la persona de los socios (Artículo 201 de Co de Co). El Legislador dice que se tiene personalidad jurídica al cumplir con el registro.
Las Características de un Contrato de Sociedad:
§ Consensual § Bilateral o Plurilateral § Oneroso § Solemne § Conmutativo § De trato Sucesivo.
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